domingo, 28 de enero de 2024

EL CENTRO DE OPERACIONES AÉREAS COMBINADAS DE TORREJÓN CUMPLE SU X ANIVERSARIO.

 


                             Parche del actual CAOC-TJ a color. (Colección del autor).

 

El Centro de Operaciones Aéreas Combinadas (CAOC-TJ) de la OTAN de Torrejón de Ardoz es una unidad internacional de la estructura de mandos de la OTAN (NCS) que, mandada por un teniente general del Ejército del Aire español, tiene por misión planear, dirigir, coordinar, supervisar, analizar e informar sobre las operaciones de defensa aérea de los medios que se le asignan en paz, crisis y conflicto siguiendo las directivas del componente aéreo de la OTAN en su área de responsabilidad. Una segunda misión, también primordial del CAOC, es la de albergar la capacidad de poder activar una estructura de mando componente aéreo para la gestión de crisis y conflictos en cualquier otro lugar alejado de nuestro territorio nacional.  La Instrucción 55/2021, de 27 de octubre, del Jefe de Estado Mayor de la Defensa, por la que se desarrolla la organización del Estado Mayor de la Defensa establece:

El Elemento Nacional del Centro de Operaciones Aéreas Combinadas de Torrejón (CAOCTJ) incluye al personal español destinado en las plantillas internacionales, así como al personal del Elemento Nacional de Apoyo (NSE, por sus siglas en inglés). Bajo la dependencia del JEMAD, el oficial de mayor empleo y antigüedad del Elemento Nacional será responsable del mando orgánico del personal nacional del CAOCTJ, ostentando en consecuencia la correspondiente potestad disciplinaria y administrativa del mismo. El Jefe del Elemento Nacional de CAOCTJ representará a España en el marco del CAOCTJ y en el marco del Destacamento de la Agencia NCIA (de sus siglas en inglés Nato Communications and Information Agency) en Torrejón.

Asumirá, a través del NSE español, la responsabilidad de información y gestión en la aplicación de los derechos reconocidos al personal español y extranjero destinado en el CAOCTJ, NSE ESP y Destacamento NCIA en el convenio entre los Estados Partes del Tratado del Atlántico Norte relativo al Estatuto de sus fuerzas (SOFA, por sus siglas en inglés), y en los acuerdos que lo complementen. Asumirá, a través del NSE español, la responsabilidad de información y gestión en la aplicación de los citados derechos cuando así se determine al personal de los países de la Alianza que participen en actividades, entidades o destacamentos militares internacionales en España en los que no se hayan creado Elementos Nacionales de Apoyo. Para los cometidos de información y de gestión de los derechos anteriormente mencionados dependerá funcionalmente de la Dirección General de Política de Defensa (Oficina de Aplicación del SOFA).

Asumirá, a través del NSE español, la representación de España como Host Nation en la gestión de los acuerdos de sede contenidos en el Garrison Support Arrangement (GSA) y Technical Agreements (TA) de desarrollo. El Elemento Nacional del CAOCTJ se estructurará en: Elemento Nacional de Apoyo (NSE ESP-TJ) y Grupo de Personal de Plantilla (CAOC ESP), que comprende al personal español en plantilla internacional del CAOCTJ y del Destacamento de la NCIA (NCIA ESP).

Origen del CAOCTJ.

En la cumbre de Lisboa de 2010, los jefes de Estado y de Gobierno de la Alianza Atlántica acordaron la implementación del nuevo concepto estratégico de la OTAN que habrá de servir como hoja de ruta de la organización para los diez años siguientes. Este nuevo concepto habría de materializarse, durante la reunión de ministros de Defensa de junio de 2011, en la propuesta del secretario general de la OTAN de una nueva estructura de mandos y distribución geográfica de Cuarteles Generales de la Alianza. Una vez implementados los cambios, la OTAN ha quedado con tan solo dos CAOC, uno situado en la localidad alemana de UEDEM, responsable del flanco norte, y el CAOCTJ responsable del flanco sur, ambos bajo el mando de un Cuartel General Aéreo único situado en Ramstein (Alemania).

El actual comandante del Centro de Operaciones Aéreas Combinadas es el Teniente General Juan Pablo Sánchez de Lara. 

Un video interesante sobre el CAOC-TJ editado por el EMAD, podemos verlo en este enlace de YouTube:

https://www.youtube.com/watch?v=10O5QOTh2lo

 


Video de YouTube del X aniversario. 

El Bodegón.

       He montado un pequeño bodegón con unos emblemas relacionados con el CAOC-TJ. 


Con el título de “Felicidades CAOC-TJ”, he montado este pequeño bodegón en homenaje a los hombres y mujeres que trabajan en el día a día de la seguridad aérea europea. Podemos ver, en el sentido de las agujas del reloj, a las doce, el emblema del antiguo controlador aéreo, hoy entre otros mando y control. A las tres el acutal emblema del CAOC-Torrejón, a color (lo hay también en color árido). A las seis el emblema de las operaciones aéreas, (piloto militar). Y a las nueve, el antiguo emblema del por entonces CAOC-EIGHT, nombre que usó cuando fuera creada la unidad. (colección del autor).

Fuentes: elaboración propia, emblemas colección del autor. Páginas web usadas para la realización de este artículo: www.emad.defensa.gob.eswww.defensa.gob.es ; www.ac.nato.intwww.youtube.com 


sábado, 13 de enero de 2024

SECCIÓN ECONOMICO ADMINISTRATIVA (SEA) DEL EJÉRCITO DEL AIRE Y DEL ESPACIO.

 Autor José Ramón Pardo Onrubia.

        En 1977, los tres Ministerios Militares se funden en el Ministerio de Defensa, en cuyo organigrama se integra poco después la Dirección General de Asuntos Económicos (DIGENECO).  Por Real Decreto n 1108 de 3 de mayo de 1978, se crea la Dirección de Asuntos Económicos del Ejército del Aire (DAE), creándose también en esas fechas las Secciones Económico Administrativas (SEA) de la Dirección de Infraestructura Aérea del Mando de Personal y del Mando de Material.  Por Orden Ministerial nº 999/1980, se crean las Secciones Económico Administrativas de las Unidades Aéreas, las cuales asumen las competencias de contabilidad y contratación de las antiguas Mayorías de Aeródromo al desaparecer estas y reunificarse las Depositarias, Pagadurías Regionales y Subregionales de Haberes y Servicios.

CREACIÓN.

Orden Ministerial núm. 999/1980, de 29 da marzo, por la que se crean las Secciones Económico – Administrativas en las Unidades del Ejército del Aire.  La reestructuración del Ejército del Aire, iniciada a partir de la promulgación del Real Decreto número 1108/1978, de 3 de mayo, exige, para adecuar debidamente la organización a los criterios funcionales establecidos, ordenar la actuación en materia económica a las necesidades impuestas por la nueva estructura. Las Órdenes ministeriales números 2.504, 2.506, 2.506 y 2.328/1978, al desarrollar el Real Decreto citado, crearon las Secciones Económico-Administrativas de los Mandos y Dirección que constituyen la Logística Aérea; asimismo la I.G.-10-5, consecuencia de las Órdenes ministeriales por las que se desarrollan la estructura orgánica y funciones de los Mandos Aéreos, establece las Secciones Económico-Administrativas de estos últimos. El proceso de reestructuración ha de culminarse con el establecimiento de la orgánica de las Unidades Aéreas y, dentro del mismo, con la promulgación de las disposiciones que regulen estructuras, funciones, relaciones y plantillas de sus distintos órganos, proceso actualmente en curso. Sin embargo, el tratamiento de la actividad económico-administrativa en el Ejército del Aire ha sido modificado de hecho, en función, no solo de su propia reestructuración, sino también como consecuencia del cambio operado en la Administración Central del Estado y en la del Ministerio de Defensa.

Por ello, y al objeto de dar a dicha actividad una consideración homogénea, cualquiera que sea el órgano en que se desarrolle, y permitir, al propio tiempo, la actuación de estructuras adecuadas a esto tipo de actividad, es conveniente, incluso anticipando el ' tratamiento de esta parcela orgánica concreta de la Unidad Aérea, crear los' órganos que dentro de las mismas hayan de llevar a cabo la actividad económico-administrativa.  Lo regulado en la presente Orden ministerial repercute en una sensible reducción en el número de órganos existentes que realizan actividades económico- administrativas y no implica aumento de las plantillas, por lo que tampoco supone incremento del gasto público. Por cuanto antecede, y en virtud de la autorización que me confiere la Disposición Final Tercera del Real Decreto número mil ciento ocho/mil novecientos setenta y ocho, de tres de mayo:

D I S P O N G O:

Artículo primero. - Las actividades en materia económica en las Unidades Aéreas de este Ejército, serán desarrolladas por los jefes de las mismas y por las Secciones Económico-Administrativas de las Unidades Aérea, que se determinen.

Artículo segundo. - Corresponde a las Secciones Económico-Administrativas de las Unidades Aéreas la gestión económica, administración y contabilidad de los recursos financieros y efectos asignados a dichas Unidades Aéreas y de los correspondientes a las Unidades, Centros y Dependencias que se les adscriban.

Artículo tercero. - Las Secciones Económico-Administrativas dependerán orgánicamente de los jefes de las Unidades Aéreas en que estén encuadradas.

Artículo cuarto. - Quedan suprimidas las Pagadurías Regionales y las Subpagadurías así como las Mayorías de las Unidades Aéreas de este Ejército. Las funciones en materia económica de estas últimas, serán asumidas por las Sección Económico-Administrativa que expresamente se disponga.

Artículo quinto. - Se autoriza al General jefe del Estado Mayor del Aire para que por Instrucción General desarrolle lo dispuesto en esta Orden ministerial.

DISPOSICION DEROGATORIA.

Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en la presente Orden ministerial.

DISPOSICION FINAL

La presente Orden ministerial entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el «Boletín Oficial del Ministerio de Defensa, Diario Oficial del Ejército del Aire».

Madrid, 29 de marzo de 1980. 

SECCIÓN ECONOMICO ADMINISTRATIVA (SEA).

Para ser jefe de la SEA (Sección Económica Administrativa), es un requisito necesario estar en posesión del Curso de Técnica Contable y Contractual, un curso de gran importancia para el personal de Intendencia.  La Sección Económico-Administrativa (SEA) es el órgano encargado de llevar a cabo la gestión económica, contratación, administración y contabilidad de los recursos financieros asignados a las Unidades que tienen adscritas. Cada SEA dispone de un negociado de contratación encargado de tramitar los expedientes de contratación. En los procedimientos abiertos y restringidos, y en los procedimientos negociados con publicidad, los Órganos de Contratación estarán asistidos por una Mesa de contratación, que será el órgano competente para la valoración de las ofertas. En los procedimientos negociados, en que no sea necesario publicar anuncio de licitación, la constitución de la Mesa será potestativa para el Órgano de Contratación.


SECCIÓN ECONÓMICO-ADMINISTRATIVA (SEA 015) ACGEA.

La SEA 015 es el órgano encargado de llevar a cabo la gestión económica, contratación, administración y contabilidad de los recursos financieros y efectos asignados a la Agrupación y de los correspondientes a aquellas otras veintinueve unidades, centros y organismos adscritas a ésta, entre las que cabe destacar el Mando de Personal, la Jefatura de Servicios Técnicos y Sistemas de Información y Telecomunicaciones, el Estado Mayor del Ejército del Aire y del Espacio y el Gabinete del JEMA.

SEA núm. 15 de la Agrupación del Cuartel general del Ejército del Aire. 

 

EMBLEMAS DE LAS SECCIONES ECONÓMICO ADMINISTRATIVAS (SEA).





De arriba a abajo, SEA 2 Mando del Apoyo Logístico. SEA 4 Dirección de Asuntos Económicos. SEA 12 Acuartelamiento Aéreo de Tablada. SEA 14 Mando Aéreo de Canarias.




De arriba a abajo,  SEA 22 Base Aérea de Torrejón. SEA 23 Base Aérea de Los Llanos. SEA 24 Base Aérea de Morón.





De arriba a abajo, SEA 26 Base Aérea de Zaragoza. SEA 27 Base Aérea de Getafe. SEA 41 Academia General de Aire. SEA 45 Academia Básica del Aire.




De arriba a abajo, SEA 46 Base Aérea de Matacán. SEA 61 Base Aérea de Son San Juan. SEA 62 Base Aérea de Cuatro Vientos.