martes, 9 de junio de 2015

El Oficial de Vuelo

De las Reales Ordenanzas del Ejercito del Aire.
Tratado II del Régimen Interior. Titulo IX de los Servicios
Del Oficial de Vuelo, artículos 214 al 219
Articulo 214. El Oficial de Vuelo será responsable de todo lo relacionado con las actividades de vuelo de la Base Aérea o Aeródromo se realice de acuerdo con lo establecido en el Reglamento de Circulación Aérea, en los procedimientos operativos y en las órdenes particulares del mando. Dependerá del Jefe de la Base o Aeródromo, o de aquel en quien este delegue, en lo relativo a la actividad aérea, y del Capitán de Día en lo concerniente a régimen interior.
Articulo 215.  El servicio de Oficial de vuelo será prestado por los Tenientes y Alféreces del Arma de Aviación, Escala del Aire, destinados en las unidades establecidas en la Base Aérea o aeródromo. Cuando por falta de personal el mando de la misma lo considere necesario, podrá ordenar que también lo presten los suboficiales pilotos. En determinados establecimientos, y cuando las circunstancias lo exijan, podrán prestar este servicio los Capitanes del Arma de Aviación, Escala del Aire.
Articulo 216.  Quedaran bajo su dependencia directa los servicios de Control de Transito Aéreo, Pista, Preparación  e Información de Vuelo, Meteorología, y cuantos otros fije el libro de Régimen Interior.
Articulo 217. Determinara y notificara la apertura y cierre de la Base o Aeródromo al tránsito aéreo, la aplicación o cese de las normas de vuelo en condiciones instrumentales y los cambios de pista en servicio; tramitara los documentos de vuelo pertinentes y cuidara de que se alerte, cuando proceda, al Servicio de Búsqueda y Salvamento.
Articulo 218. Se asegurara que la información aeronáutica y meteorológica este completa y actualizada; que los servicios de control y de apoyo al vuelo se presten de acuerdo con los reglamentos y órdenes dictadas, vigilando sus actividades y adoptando en su caso las medidas necesarias para su buen funcionamiento: que las pistas, zonas de aparcamiento, balizaje y demás instalaciones auxiliares se encuentren en perfecto estado  y atenderá  especialmente a las condiciones de seguridad de los aviones aparcados.
Articulo 219. En el relevo, el saliente entregara al entrante la carpeta  de Órdenes, informándoles de cuantas novedades sean de interés, así como de las instrucciones recibidas. El entrante se hará cargo del material y equipo asignado al servicio, y se asegurara que el personal bajo sus órdenes es el previsto y conoce sus obligaciones. Efectuado el relevo, ambos Oficiales de Vuelo darán novedades al Jefe de la Base o Aeródromo o aquel en quien este haya delegado, y al Capitán de Día  en los asuntos que le conciernen. El entrante recibirá de los mismos las prevenciones pertinentes.

Oficial de Vuelo perteneciente al 104º Escuadrón de Fuerzas Aéreas


El Oficial para identificarse en todo momento como Oficial de Vuelo en sus funciones, portará sobre el brazo izquierdo de su uniforme, un brazalete de cuero rojo con las iniciales O.V. en cuero blanco. Una vez que termine en sus funciones hará entrega de dicho brazalete al Oficial de Vuelo entrante. No he conseguido una fotografía original de un O.V. y he usado un fotograma de la película “No le busques tres pies…”

Brazalete

Fabricado de manera artesanal en las instalaciones de la propia Base Aérea, como se ve es de cuero de color rojo, las letras de cuero o  plástico de color blanco van pegados a este. Del brazalete sale una tira del mismo material que sirve para sujetarle a través de la hombrera. Al ser un material que con el tiempo y el trato se va deteriorado, mi opinión es que se debían de fabricar muy a menudo. 



Uniforme

El uniforme usado es el M-46, compuesto de guerrera, pantalón y gorra de plato en color gris (azul aviación), camisa gris claro, corbata negra y zapatos de cuero negro de cordones. En el uniforme destacamos el título de piloto militar, los rombos de fieltro de color rojo y el distintivo de unidad esmaltado.




Vista frontal (arriba) y lateral (abajo) de la guerrera M-46 con el brazalete de Oficial de Vuelo (Colección del  autor).

Distintivos

Dos son los distintivos que usa el Oficial de Vuelo en esta ocasión, el título de Piloto Militar, descrito en el Reglamento de Uniformidad de Aire de 1946, y el distintivo del 104ª Escuadrón de Caza. El primero sobre el emblema genérico del Ejercito del Aire y sobre el disco de esmalte rojo, una hélice de cuatro palas en oro (Colección del autor). 



El distintivo del escuadrón, que  fue creado en noviembre de 1967, con aparatos F-104 “Starfighter” de origen norteamericano, encuadrado en el Mando de la Defensa Aérea. En 1971 se convirtió en el 122º Escuadrón del Ala 12. Este distintivo de bella fabricación, en forma redonda y esmaltada, nombre en la parte superior y lema en la inferior, en letras dorada, el famoso gato que posteriormente adoptaría el ala 12 en el centro. Parte trasera con imperdible para sujeción al uniforme. (Colección del autor).

Fuente: elaboración propia, uniforme, emblemas y brazalete colección Carlos Bourdon.





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