sábado, 13 de enero de 2024

SECCIÓN ECONOMICO ADMINISTRATIVA (SEA) DEL EJÉRCITO DEL AIRE Y DEL ESPACIO.

 Autor José Ramón Pardo Onrubia.

        En 1977, los tres Ministerios Militares se funden en el Ministerio de Defensa, en cuyo organigrama se integra poco después la Dirección General de Asuntos Económicos (DIGENECO).  Por Real Decreto n 1108 de 3 de mayo de 1978, se crea la Dirección de Asuntos Económicos del Ejército del Aire (DAE), creándose también en esas fechas las Secciones Económico Administrativas (SEA) de la Dirección de Infraestructura Aérea del Mando de Personal y del Mando de Material.  Por Orden Ministerial nº 999/1980, se crean las Secciones Económico Administrativas de las Unidades Aéreas, las cuales asumen las competencias de contabilidad y contratación de las antiguas Mayorías de Aeródromo al desaparecer estas y reunificarse las Depositarias, Pagadurías Regionales y Subregionales de Haberes y Servicios.

CREACIÓN.

Orden Ministerial núm. 999/1980, de 29 da marzo, por la que se crean las Secciones Económico – Administrativas en las Unidades del Ejército del Aire.  La reestructuración del Ejército del Aire, iniciada a partir de la promulgación del Real Decreto número 1108/1978, de 3 de mayo, exige, para adecuar debidamente la organización a los criterios funcionales establecidos, ordenar la actuación en materia económica a las necesidades impuestas por la nueva estructura. Las Órdenes ministeriales números 2.504, 2.506, 2.506 y 2.328/1978, al desarrollar el Real Decreto citado, crearon las Secciones Económico-Administrativas de los Mandos y Dirección que constituyen la Logística Aérea; asimismo la I.G.-10-5, consecuencia de las Órdenes ministeriales por las que se desarrollan la estructura orgánica y funciones de los Mandos Aéreos, establece las Secciones Económico-Administrativas de estos últimos. El proceso de reestructuración ha de culminarse con el establecimiento de la orgánica de las Unidades Aéreas y, dentro del mismo, con la promulgación de las disposiciones que regulen estructuras, funciones, relaciones y plantillas de sus distintos órganos, proceso actualmente en curso. Sin embargo, el tratamiento de la actividad económico-administrativa en el Ejército del Aire ha sido modificado de hecho, en función, no solo de su propia reestructuración, sino también como consecuencia del cambio operado en la Administración Central del Estado y en la del Ministerio de Defensa.

Por ello, y al objeto de dar a dicha actividad una consideración homogénea, cualquiera que sea el órgano en que se desarrolle, y permitir, al propio tiempo, la actuación de estructuras adecuadas a esto tipo de actividad, es conveniente, incluso anticipando el ' tratamiento de esta parcela orgánica concreta de la Unidad Aérea, crear los' órganos que dentro de las mismas hayan de llevar a cabo la actividad económico-administrativa.  Lo regulado en la presente Orden ministerial repercute en una sensible reducción en el número de órganos existentes que realizan actividades económico- administrativas y no implica aumento de las plantillas, por lo que tampoco supone incremento del gasto público. Por cuanto antecede, y en virtud de la autorización que me confiere la Disposición Final Tercera del Real Decreto número mil ciento ocho/mil novecientos setenta y ocho, de tres de mayo:

D I S P O N G O:

Artículo primero. - Las actividades en materia económica en las Unidades Aéreas de este Ejército, serán desarrolladas por los jefes de las mismas y por las Secciones Económico-Administrativas de las Unidades Aérea, que se determinen.

Artículo segundo. - Corresponde a las Secciones Económico-Administrativas de las Unidades Aéreas la gestión económica, administración y contabilidad de los recursos financieros y efectos asignados a dichas Unidades Aéreas y de los correspondientes a las Unidades, Centros y Dependencias que se les adscriban.

Artículo tercero. - Las Secciones Económico-Administrativas dependerán orgánicamente de los jefes de las Unidades Aéreas en que estén encuadradas.

Artículo cuarto. - Quedan suprimidas las Pagadurías Regionales y las Subpagadurías así como las Mayorías de las Unidades Aéreas de este Ejército. Las funciones en materia económica de estas últimas, serán asumidas por las Sección Económico-Administrativa que expresamente se disponga.

Artículo quinto. - Se autoriza al General jefe del Estado Mayor del Aire para que por Instrucción General desarrolle lo dispuesto en esta Orden ministerial.

DISPOSICION DEROGATORIA.

Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en la presente Orden ministerial.

DISPOSICION FINAL

La presente Orden ministerial entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el «Boletín Oficial del Ministerio de Defensa, Diario Oficial del Ejército del Aire».

Madrid, 29 de marzo de 1980. 

SECCIÓN ECONOMICO ADMINISTRATIVA (SEA).

Para ser jefe de la SEA (Sección Económica Administrativa), es un requisito necesario estar en posesión del Curso de Técnica Contable y Contractual, un curso de gran importancia para el personal de Intendencia.  La Sección Económico-Administrativa (SEA) es el órgano encargado de llevar a cabo la gestión económica, contratación, administración y contabilidad de los recursos financieros asignados a las Unidades que tienen adscritas. Cada SEA dispone de un negociado de contratación encargado de tramitar los expedientes de contratación. En los procedimientos abiertos y restringidos, y en los procedimientos negociados con publicidad, los Órganos de Contratación estarán asistidos por una Mesa de contratación, que será el órgano competente para la valoración de las ofertas. En los procedimientos negociados, en que no sea necesario publicar anuncio de licitación, la constitución de la Mesa será potestativa para el Órgano de Contratación.


SECCIÓN ECONÓMICO-ADMINISTRATIVA (SEA 015) ACGEA.

La SEA 015 es el órgano encargado de llevar a cabo la gestión económica, contratación, administración y contabilidad de los recursos financieros y efectos asignados a la Agrupación y de los correspondientes a aquellas otras veintinueve unidades, centros y organismos adscritas a ésta, entre las que cabe destacar el Mando de Personal, la Jefatura de Servicios Técnicos y Sistemas de Información y Telecomunicaciones, el Estado Mayor del Ejército del Aire y del Espacio y el Gabinete del JEMA.

SEA núm. 15 de la Agrupación del Cuartel general del Ejército del Aire. 

 

EMBLEMAS DE LAS SECCIONES ECONÓMICO ADMINISTRATIVAS (SEA).





De arriba a abajo, SEA 2 Mando del Apoyo Logístico. SEA 4 Dirección de Asuntos Económicos. SEA 12 Acuartelamiento Aéreo de Tablada. SEA 14 Mando Aéreo de Canarias.




De arriba a abajo,  SEA 22 Base Aérea de Torrejón. SEA 23 Base Aérea de Los Llanos. SEA 24 Base Aérea de Morón.





De arriba a abajo, SEA 26 Base Aérea de Zaragoza. SEA 27 Base Aérea de Getafe. SEA 41 Academia General de Aire. SEA 45 Academia Básica del Aire.




De arriba a abajo, SEA 46 Base Aérea de Matacán. SEA 61 Base Aérea de Son San Juan. SEA 62 Base Aérea de Cuatro Vientos.

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